jueves, 29 de enero de 2015

Tuits para saber qué hacer en caso de #DesapariciónForzada

La es una violación a los derechos humanos que muestra planeación y sistematicidad.

Para 2012, en México se llegaron a documentar 30 mil casos de sólo en el periodo de Felipe Calderón.

A principios de la administración de , Segob aceptó la existencia de 26 mil 121 casos de .

Definición de : 1. Que se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas.

Definición de : 2. Que se prive de la libertad de alguna forma por agentes gubernamentales DE CUALQUIER NIVEL.

: 3. Privación de la libertad por particulares que actúen a nombre del gobierno o con su apoyo directo o indirecto.

: Que se niegue a revelar la suerte o paradero de los detenidos, o a reconocer que están privados de su libertad.

Todas las situaciones de privación de la libertad pueden conducir a , puede ser cuando la persona ya estaba detenida.

En muchos casos, la comienza al hacer prisionera a la persona fuera del lugar oficial de detención.

Las personas que cometen o participan en a menudo son contratados por el Estado, como soldados, policías o agentes.

La detención por parte de grupos paramilitares o parapoliciacos o milicias privadas, constituyen actos de .

La negativa de información es un elemento sustancial del delito de ; no son válidas las declaraciones de posible muerte

Mientras no haya esclarecimiento oficial de la , NO SON VALIDAS las declaraciones de POSIBLE MUERTE DE LA VÍCTIMA.

La es un crimen contra la humanidad de carácter múltiple, continuo, imprescriptible y pluriofensivo.

La cometida "de forma masiva y sistemática" es considerada en todo el mundo como CRIMEN DE LESA HUMANIDAD.

La es un delito de carácter múltiple porque viola todos los derechos humanos fundamentales de la víctima.

En una , se violan los derechos a las condiciones de detención adecuadas, a un juicio justo y a la representación legal.

En la , la víctima corre peligro de ser torturada.

Derechos violados en la 1: A la integridad física A no ser arbitrariamente privado de la libertad A la verdad A la vida

Derechos violados en la 2 A ser protegido por la ley Ser reconocido como persona jurídica A no ser desaparecido

Derechos violados en la 3 A no ser sometido a tortura o tratamiento cruel, inhumano o degradante

Derechos violados en la 4 A la libertad de pensamiento y expresión A la asociación A la libertad religiosa

Derechos violados en la 5 Los de la familia y del niño Prohibición general de todas las formas de discriminación.

La es un delito permanente porque se consuma en cada momento en que a víctima se encuentra desaparecida.

La se aclara cuando la persona aparece viva o, en caso de muerte, los restos se identifican y se devuelven a la familia

La es caso del presente, sin importar que haya ocurrido hace años o incluso décadas.

Al ser un delito de lesa humanidad, en la aplica el principio de imprescriptibilidad.

La es un delito pluriofensivo porque viola los DDHH tanto de la víctima como de sus familiares (víctimas indirectas).

La incertidumbre, sufrimiento, miedo y estrés de la familia de una víctima de se considera tortura.

El Estado está obligado a ofrecer asistencia humanitaria inmediata a familiares de víctima de .

Al brindar asistencia humanitaria a la familia en caso de , no se cierra ni se absuelve al Estado por el crimen cometido

Con la se busca generar aislamiento y silenciar a los relacionados con el desaparecido.

Los familiares de víctimas de deben establecer comunicación para romper el cerco social y tejer lazos de solidaridad.

En un Estado atrasado en materia de DDHH, ser familiar de una víctima de puede causar un estigma.

Buscar a una víctima de pone a los familiares en riesgo de convertirse en víctimas de violaciones graves a sus DDHH.

Es recomendable que los familiares de víctimas de acudan a instancias internacionales en busca de protección.

Los familiares de víctimas de deben exigir el certificado de AUSENCIA POR DESAPARICIÓN, necesario para trámites y otros

La surgió como método ilegal para desarticular la lucha social, aniquilar a la insurgencia y controlar a la población.

1 La se emplea xq Evita escándalo que provocaría la aplicación masiva de tortura y pena de muerte por parte del Estado

2 La se emplea xq Aterroriza e inhibe la toma de partido a favor de los "subversivos", "terroristas" o "delincuentes"

3 La se emplea xq Advierte a la oposición que se aplicará una pena peor que la capital si no se desiste de la lucha

4 La se aplica xp Elimina a líderes de forma tal que desorienta y desestructura a sus organizaciones.

5 La se aplica xq Borra la identidad de los enemigos del Estado a fin de ofrecer una fachada de "unidad nacional".

6 La se aplica xq Cancela el derecho a la sepultura y evita que los sepelios se conviertan en actos de protesta masiva.

7 La se aplica xq Garantiza la impunidad del Estado al ocultar pruebas, testigos y huellas.

8 La se aplica xq Criminaliza a la víctima ("por algo será", "se lo buscó", "se lo merece", "es enemigo de México").

9 La se aplica xq Somete a los familiares al chantaje permanente a cambio de presentar con vida a las víctimas.

10 La se aplica xq Representa castigo ejemplar y tortura a sus familias por no inculcar supuestos valores nacionalistas

En conclusión, la busca inhabilitar a los familiares de las víctimas para la protesta.

Ante un caso de , lo primero que debe hacerse es presentar denuncia ante el MP para iniciar el procedimiento penal.

Si el fiscal se niega a consignar la denuncia por , hay mecanismos y tiempos para pedir la reclacificación del delito.

Se considera cuando un policía federal detiene a un civil y no lo presenta DE INMEDIATO a la autoridad correspondiente

En la , con 1 acción pueden cometerse varios delitos del fuero común y federal. Debe denunciarse en el fuero federal

Cuando la es cometida por un servidor público estatal, debe acudirse al MP estatal (fuero común).

Cuando la  se comete por un servidor púbico federal, debe acudirse al MP federal (fuero federal).

A partir de 2011, la cometida por un militar debe juzgarse por la autoridad civil y no la militar.

CoIDH: "la investigación por no puede ser emprendida como una formalidad condenada de antemano a ser infructuosa".

"La procura la supresión de todo elemento que permita comprobar el secuestro, paradero y suerte de la víctima": CoIDH

La demanda de amparo indirecto es1 instrumento que se debe utilizar en caso de y debe presentarse ante un juez federal

En el juicio de amparo indirecto puede reclamarse la y se promueve por cualquier persona a nombre de la víctima.

El juez federal tendrá 24 horas para requerir toda la info que conduzca a la localización de la víctima de

La queja por ante las comisiones de derechos humanos debe establecerse de inmediato.

Para acceder a instancias internacionales, primero debe ponerse la denuncia por en los organismos nacionales.

En caso de , la queja ante las comisiones de DDHH pueden presentarse por parientes, vecinos e incluso menores de edad.

Cuando existe se recomienda acudir a ONG especializadas en defensa de este tipo de delitos para ayuda y coadyuvancia.

En caso de cada detalle es fundamental para la presentación de quejas y denuncias a niveles nacional e internacional.

Siempre es recomendable conservar una copia de cada prueba presentada en los casos de y llevar un expediente propio.

1 : Instancias internacionales Pacto internacional de derechos civiles y políticos

2 : instancias internacionales Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales

3 instancias internacionales Convención internacional para la protección de todas las personas contra la

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU hace un examen periódico universal que incluye la y la detención arbitraria.

México NO ha reconocido la competencia del Comité contra la de la ONU, ya imaginarán porqué.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es dependiente de la OEA, y a nivel de continente conoce los casos de

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos está conformado por la Comisión y la Corte Interamericanas de DDHH

La CIDH y la CoIDH son una vía cuando existen violaciones a DDHH que no se hayan atendido en un país.

Cuando se está ante una es indispensable documentar a detalle para que no se olviden fechas, horas y características.

La debe documentarse porque puede estar ocurriendo lo mismo en otro lugar, y sólo así puede conjuntarse.

La debe documentarse para que la información llegue a más personas y la difusión del caso sea más efectiva.

La bien documentada es fundamental para la denuncia penal y, a futuro, abre la puerta a instancias internacionales.

La debe documentarse para ser utilizada en el campo de la denuncia pública, la lucha jurídica y la movilización social

Para documentar la hay tres instrumentos: Relatoría de hechos Entrevista a familiares Ficha de desaparecido

La relatoría de debe tener Hora, fecha y lugar, Nombre de las víctimas Nombre de los victimarios Cómo ocurrió

Las relatorías de hechos de deben elaborarse de inmediato para no olvidar detalle alguno.

La entrevista a familiares o testigos de puede ser por escrito o con grabación de audio o video.

1 La CIDH acepta un caso de cuando se hayan interpuesto y agotado los recursos internos.

2 La CIDH acepta un caso de si se presenta dentro del plazo de 6 meses a partir de la fecha de la decisión definitiva

3 La CIDH acepta un caso de cuando la materia de petición no está pendiente de otro procedimiento internacional.

4 La denuncia por ante la CIDH debe contener nombre, nacionalidad, profesión, domicilio y firma de quien la presenta.

CIDH OEA 1889 F Street, NW Washington DC, 200006 EUA Fax (202)4583992 cidhoea@oas.org

Alto Comisionado de DDHH en México: Alejandro Dumas 165 col Polanco Migue Hidalgo, CP 11560 DF México oacnudh@ohcor.org

Guía y formulario para presentar un caso de (o cualquier violación de DDHH) ante la CIDH: cidh.oas.org/cidh_apps/manu

Manual: ¿Qué hacer en caso de ?

Declaración Universal de los Derechos Humanos:

Ejemplo de ficha de desaparecido.





En México, el Comité Cerezo se ha especializado en la defensa de DDHH

La tiene un apartado para presentación de quejas en línea

Audio de la entrevista de Javier Hernández Valencia, representante de ONU-DH México, con Carmen Aristegui: https://soundcloud.com/onudhmexico/javier-hdz-valencia-representante-de-onu-dh-platica-con-carmen-aristegui-sobre-el-ced-en-mvs-radio

1 comentarios:

Unknown dijo...

OJALÁ JAMÁS TENGAMOS QUE DENUNCIAR ÉSTO YA.

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